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Los conciertos en España tendrán su propia guía sanitaria: cuatro metros mínimo entre artista y público

La Federación de la Música en España (Es_música) prepara una guía sanitaria para la celebración de conciertos y música en directo que busca «frenar la inseguridad jurídica» en el sector, con recomendaciones que incluyen, entre otras, referencias a las distancias mínimas para artistas y público dentro del contexto de la pandemia de coronavirus.

En concreto, en el documento, que verá la luz en las próximas semanas, se recomienda que entre la boca del escenario y el artista haya una distancia mínima de dos metros, para colocar el vallado antiavalancha. Y a partir de ese vallado y hasta la primera fila, otros dos metros de distancia mínima.

Esta guía llevará por título ‘Directrices y Recomendaciones para la Reactivación de los Eventos y Espectáculos Públicos y Reapertura de los Espacios que los acogen en el contexto del COVID-19′, y servirá de complemento a un decálogo ya publicado a finales del pasado mes de junio con medidas para la organización de espectáculos en la nueva normalidad.

Como el documento lleva elaborándose hace tiempo, ya venían incluidas medidas que finalmente han sido adoptadas por la administración, tales como la prohibición de fumar en estos espacios. Pero también incluyen otras novedosas, como prestar atención al «impacto» que pueden tener estos eventos con amplio aforo en relación a los edificios de su entorno.

Servicios complementarios

En la guía también se abordarán servicios complementarios de control o medición de temperatura corporal, reajustes de aforos o densidades grupales de ocupación, medidas para la fase de celebración del evento, post evento, posibles cancelaciones (devolución de entradas, contratos y fuerza mayor), seguros o la celebración de live streaming.

Además, incidirá en otros aspectos como un protocolo de coordinación en materia de prevención de riesgos laborales para las personas trabajadoras (atendiendo a una planificación preventiva, montaje y desmontaje o ensayos), o las buenas prácticas (asistencia sanitaria y desfibriladores, personal de seguridad privada, controladores de acceso y servicios auxiliares, sistemas de control de aforo o protocolo de seguridad contra violencia sexual en el ocio).

En todo caso, los conciertos que superen la evaluación de riesgos y puedan celebrarse tendrán como horario máximo hasta la 1.00 horas, incluyendo en dicho horario máximo cualquier otra actividad que se desarrolle como apoyo o complemento a los citados eventos (por ejemplo, el servicio de hostelería después del concierto).

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