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Colegios concertados: qué es obligatorio pagar mientras no haya clases por el coronavirus

Muchas familias tienen la duda si en estos días de confinamiento, en que las clases presenciales se han suspendido, deben seguir pagando las cuotas que los colegios concertados suelen exigir por diferentes conceptos, como el de escolarización (clases extras de inglés, talleres formativos, etc.) que excede la obligada por el concierto o las donaciones al propio centro o a fundaciones ligadas al mismo.

El Real Decreto 2377/1985, que establece las Normas Básicas sobre Conciertos Educativos, señala que “los conciertos educativos tienen por objeto garantizar la impartición de la educación básica obligatoria y gratuita en centros privados mediante la asignación de fondos públicos” y se especifica que el concierto “obliga al titular del centro privado a impartir gratuitamente las enseñanzas del concierto”.

Sin embargo, el mismo texto también señala que los centros concertados pueden realizar servicios y actividades escolares complementarias, de uso voluntario y que no podrán formar parte del horario lectivo.

Aportaciones siempre de carácter voluntario

Desde la Comunidad de Madrid indican que las aportaciones a los colegios concertados son siempre voluntarias, las familias deben estar informadas y pueden decidir si realizarlas o no. E incluso, que las familias pueden hacer donaciones que no tengan ningún tipo de contraprestación, mientras éstas tengan un carácter voluntario.

En la situación actual, en que las clases se han suspendido de manera presencial, las familias podrían seguir haciendo aportaciones, ya que estas son de carácter voluntario. La continuidad de esas portaciones estará dentro de la relación del centro con los padres, siempre teniendo muy presente que dichas aportaciones se realizan de manera voluntaria y no se puede obligar a ninguna familia a realizarla.

En cuanto a las actividades complementarias, todas aquellas cuya realización se continúe vía on-line, como puede ser un taller de matemáticas o de lectura, se pueden cobrar. Por el contrario, no se podrían cobrar actividades que claramente no se estén realizando como es la de piscina o similares.

Ni las actividades extraescolares ni el comedor pueden cobrarse

En los centros concertados, como en cualquier otro centro educativo, se pueden realizar actividades extraescolares, que no son obligatorias para ningún alumno. Dichas actividades extraescolares, que no están dentro de las enseñanzas del concierto ni del horario lectivo, no se pueden cobrar puesto que no se están llevando a cabo. Esta misma norma rige para el servicio de comedor, que al no estar ejecutándose, no se podría cobrar bajo ningún concepto.

Nuevos canales del Gobierno regional para responder a las dudas

Las medidas del Estado de Alarma han creado muchas dudas entre los padres, alumnos y docentes, hasta el punto de que la Comunidad de Madrid ha abierto un perfil de Twitter, @educacmadrid, para que se puedan consultar cualquier tipo de duda o pregunta en relación a la actividad educativa, como las clases presenciales o los periodos de matriculación, en las próximas semanas con motivo del coronavirus.

Con este mismo fin se ha habilitado la nueva cuenta de correo electrónico, [email protected] y en el teléfono 012 contarán con información específica para responder a las dudas surgidas en este periodo de cambios en la actividad.

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