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El Chicle Diana Quer

Confirmada la prisión permanente para ‘el Chicle’ por el asesinato de Diana Quer

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha confirmado la pena de prisión permanente revisable a José Enrique Abuín Gey, alias ‘el Chicle’, por el asesinato de Diana Quer en 2016 en A Pobra do Caramiñal, en A Coruña.

El asesinato se produjo con la finalidad de ocultar un delito previo contra la libertad sexual de la víctima. Se ha confirmado también otra pena de 4 años y un día de prisión por un delito de detención ilegal y un delito de agresión sexual, en concurso medial. En ambos delitos apreció la circunstancia atenuante analógica de confesión.

Desestimación del recurso de casación

El alto tribunal desestima íntegramente el recurso de casación planteado por el condenado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG) que confirmó a su vez la dictada por un Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de A Coruña, que le condenó además al pago de una indemnización de 130.000 euros a cada uno de los progenitores y de 40.000 euros a la hermana de la víctima. También se le impuso la prohibición de aproximarse a ellos a una distancia inferior a mil metros; y de comunicarse por cualquier medio durante la duración de la pena; y, en todo caso, desde el inicio de cumplimiento de la misma y hasta que transcurriesen diez años desde la conclusión.

La sentencia, cuya ponencia ha correspondido al magistrado Vicente Magro, ha avalado en todos sus aspectos la adoptada el pasado mes de junio por el TSXG. Esta confirmó, a su vez, la sentencia de la Audiencia Provincial de A Coruña de diciembre pasado tras el fallo unánime del tribunal del jurado.

«La gravedad y pervesidad del acto»

En su resolución, que utiliza términos especialmente duros con el condenado, los magistrados —Magro, Carmen Lamela, Eduardo de Porres y Leopoldo Puente— afirman que la respuesta punitiva del Estado de derecho que sanciona estos hechos con la pena de prisión permanente revisable. «Se acomoda a la gravedad y perversidad del hecho, su mecánica comisiva y el ataque tan grave a una mujer como el que desplegó el recurrente», indican.

La sentencia destaca que ‘el Chicle’ trató a su víctima «como si fuera un mero objeto». Y silenció durante tiempo lo ocurrido, hasta que no tuvo más remedio de reconocer ante los agentes policiales el lugar donde estaba su cuerpo. Un silencio «que también daña al entorno familiar de Diana, por el sufrimiento de no saber lo que había pasado con ella; y se agrava además, de forma desgarradora, cuando percibe lo que realmente ocurrió con ella, y el carácter execrable e inhumano con el que fue tratada por el recurrente, lo que debe suponer el reproche del Estado de derecho y la gravedad de la respuesta punitiva».

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