Los ciudadanos que quieran votar por correo en las Elecciones Generales del próximo domingo 29 de noviembre de 2026 ya pueden solicitarlo. El plazo permanecerá abierto hasta el 19 de noviembre, incluido, y la petición puede realizarse tanto por internet como de forma presencial en las oficinas de Correos.
Para poder votar por correspondencia es necesario solicitar el Certificado de inscripción en el Censo Electoral, un documento imprescindible para ejercer el derecho al voto por esta vía.
Cómo solicitar el voto por correo por internet
Los electores pueden realizar la solicitud de forma telemática a través de la web de Correos, sin necesidad de desplazarse a una oficina. Para completar el trámite deberán acreditar su identidad mediante firma electrónica.
Entre los sistemas de identificación admitidos se encuentran los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).
Solicitud presencial en las oficinas de Correos
También es posible solicitar el voto por correo en cualquiera de las oficinas de Correos de España. En este caso, el trámite debe realizarlo personalmente el elector.
Para acreditar su identidad deberá presentar el DNI, pasaporte o carnet de conducir originales ante el empleado de la oficina postal.
En caso de enfermedad o discapacidad que impida al elector realizar personalmente la solicitud, otra persona podrá presentar la petición en su nombre, siempre que cuente con la correspondiente autorización notarial o consular y se aporte la certificación médica oficial que acredite la situación.
Cita previa para evitar esperas
Correos ofrece además la posibilidad de solicitar cita previa para realizar el trámite en sus oficinas. La cita puede gestionarse a través de la app de Correos, su página web o la Oficina Virtual.
El elector deberá seleccionar una de las oficinas que ofrecen este servicio y elegir posteriormente el día y la hora que más le convengan.
Cuándo llegará la documentación electoral
Una vez recibidas las solicitudes, Correos las entregará a las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, que serán las encargadas de enviar a los solicitantes la documentación necesaria para votar.
El envío de esta documentación comenzará a partir del 9 de noviembre.
La documentación se recibirá en la dirección que el elector haya indicado en la solicitud, que no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual. Esto permite, por ejemplo, solicitar el voto por correo desde el lugar en el que se vaya a permanecer durante esos días.
Hasta el 25 de noviembre para depositar el voto
Una vez recibida la documentación electoral, los ciudadanos podrán completar el proceso y depositar su voto dentro del plazo establecido.
El último día para depositar el voto por correo será el 25 de noviembre de 2026, cuatro días antes de la celebración de las elecciones generales.



