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Rivas abre el plazo de solicitud de ayudas para el mantenimiento de la vivienda habitual

El Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid ha abierto ya el plazo de solicitud de las ayudas municipales para cubrir las obligaciones derivadas del mantenimiento de la vivienda habitual, dirigidas a la ciudadanía en situación de vulnerabilidad económica, bajo los principios de publicidad, transparencia, concurrencia e igualdad.

Son destinatarias de este plan de ayudas las personas físicas empadronadas en Rivas con al menos 6 meses de antigüedad, que sean titulares en régimen de propiedad, de usufructo o de arrendamiento de la vivienda que tengan como domicilio habitual.

El Ayuntamiento de Rivas ha destinado 80.500 euros del presupuesto municipal a este plan de ayudas de 2023, incompatibles con cualquier otra subvención que tenga la misma finalidad, según informa la Concejalía de Hacienda. Estas ayudas tienen tres líneas de actuación, una general para personas propietarias, otra específica para titulares de arrendamientos de viviendas como domicilio habitual y que tengan el IBI repercutido en sus contratos y otra para titulares de arrendamiento de viviendas titularidad de la EMV.

Requisitos

Para poder optar a esta línea de ayudas al mantenimiento de la vivienda habitual, las personas titulares de la vivienda (en régimen de propiedad, usufructo o de alquiler) deben llevar empadronadas en Rivas al menos seis meses y ser titulares de la misma a 1 de enero de 2023.

Las personas que opten a estas ayudas no podrán ser titulares de otra vivienda en la Comunidad de Madrid ni de más de dos viviendas en todo el territorio nacional. Además, se establecen unos umbrales de ingresos brutos anuales que pueden consultarse en las bases de la convocatoria.

El Ayuntamiento de Rivas comprobará estos requisitos a través de los datos que figuren en la declaración del IRPF o en el certificado negativo de la AEAT en caso de no tener la obligación de presentarla. En el caso de las familias numerosas, monoparentales, el porcentaje de subvención será siempre del 100%, hasta un máximo de 500 euros.

Documentación a presentar

Es preciso presentar la solicitud, así como aquella documentación obligatoria en función de la línea a la que se opte, y documentación adicional que en caso de que por el número de ayudas solicitadas se supere las disponibilidades presupuestarias de la convocatoria, justifique las situaciones sociales en caso de concurrencia: certificado de discapacidad igual o superior al 33%, grado II o II de dependencia, acogimiento familiar de menores y/o documentación justificativa de ser persona mayor de 55 años desempleada o personas que acrediten no percibir pensión de alimentos.

Plazos de presentación

Tras su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, las bases establecen de plazo hasta el próximo 25 de agosto de 2023 para presentar la solicitud de las ayudas.

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