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Las 12 deducciones autonómicas en Madrid para la Renta de 2022

La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2022 arrancó el pasado martes 11 de abril con la presentación de las declaraciones por internet, de acuerdo con el calendario del contribuyente de la Agencia Tributaria.

Así, aunque para declarar los ingresos obtenidos en 2022 de forma presencial habrá que esperar hasta el 1 de junio (con cita previa), desde el 11 de abril ya se pueden presentar las primeras declaraciones del IRPF y de Patrimonio a través de este enlace.

En este sentido, las deducciones autonómicas en Madrid que se pueden llevar a cabo a la hora de hacer la declaración de la renta son las siguientes:

Por circunstancias personales y familiares

Por nacimiento o adopción de hijos: puedes deducirte hasta 600 euros.

Por adopción internacional de niños: puedes deducirte hasta 600 euros.

Por acogimiento familiar de menores: puedes deducirte desde 600 euros.

Por acogimiento no remunerado de mayores de 65 años y/o personas con discapacidad: puedes deducirte 1.500 euros.

Por cuidado de hijos menores de 3 años.

Para familias con dos o más descendientes e ingresos reducidos.

Relativa a la vivienda habitual

Por arrendamiento de vivienda habitual: puedes deducirte hasta 1.000 euros.

Por donativos y donaciones

Por donativos a fundaciones y clubes deportivos: puedes deducirte un 15% de lo que hayas donado.

Otros conceptos deducibles

Por gastos educativos: aquí entran gastos de escolaridad, clases de idiomas e uniformes para el colegio.

Por inversión en adquisición de acciones o participaciones de entidades nuevas o de reciente creación.

Para el fomento del autoempleo de jóvenes.

Por inversiones realizadas en entidades cotizadas en el mercado alternativo bursátil. deducciones renta deducciones renta

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