Los usuarios afectados por las cancelaciones de trenes y vuelos debido al apagón eléctrico de este lunes en España pueden reclamar los gastos de comida y alojamiento asumidos durante la incidencia, incluso si se trata de una causa de fuerza mayor.
FACUA recuerda los derechos de los pasajeros
Así lo ha indicado FACUA-Consumidores en Acción, quien ha recordado en un comunicado que la normativa europea obliga a las compañías a proporcionar asistencia a los pasajeros afectados, además del reembolso de los billetes o la reubicación en otros medios de transporte.
Reglamento ferroviario: comida, alojamiento y compensaciones
En el caso de los trenes, el Reglamento (UE) 2021/782 recoge en su artículo 20 que, ante cancelaciones o retrasos de al menos 60 minutos, las empresas ferroviarias deben ofrecer de forma gratuita:
- Comidas y refrigerios, en función del tiempo de espera y la disponibilidad.
- Alojamiento en hotel, así como el transporte entre la estación y el lugar de pernocta, en caso de ser necesaria una o más noches.
Además, y a diferencia del transporte aéreo, en el sector ferroviario sí se contempla una compensación económica aunque el incidente se deba a fuerza mayor. Esta compensación varía según el tipo de tren y el retraso acumulado en la llegada al destino.
Quienes opten por no aceptar la reubicación, tendrán derecho a la devolución íntegra del importe del billete.
Transporte aéreo: asistencia garantizada, pero sin compensaciones
En lo que respecta al transporte aéreo, el Reglamento (CE) n° 261/2004, en su artículo 9, establece que las aerolíneas deben garantizar a los pasajeros:
- Comida y refrescos suficientes durante la espera.
- Alojamiento en hotel, si fuera necesario.
- Transporte entre el aeropuerto y el alojamiento.
Sin embargo, este reglamento no contempla indemnizaciones en caso de cancelaciones provocadas por situaciones como el apagón, incluyendo la pérdida de conexiones con otros vuelos.