El Palacio de Cibeles celebrará este lunes, a las 9 horas de la mañana, un Pleno extraordinario para elegir por sorteo a los ciudadanos y mesas de los colegios electorales de Madrid.
El resultado del sorteo es la elaboración de una tabla que establece el orden de selección de los electores que en cada mesa electoral deben ocupar los cargos de presidente y vocales, así como los que han de actuar como suplentes.
Cada una de las mesas de los colegios electorales de Madrid está integrada por un presidente y dos vocales designándose adicionalmente dos suplentes para cada uno de estos tres miembros, de modo que el proceso informático designa un total de nueve electores por mesa aunque sólo tres de ellos actuarán el día de las elecciones.
A las personas seleccionadas se les remitirá una notificación, con acuse de recibo. Posteriormente se les enviará el manual de miembro de mesa, en el que se detallan sus funciones.
La condición de miembro de la mesa electoral tiene carácter obligatorio. La no presentación de los electores designados al acto de constitución de las mesas el 4 de mayo se considera delito electoral y dará lugar a su procesamiento judicial. Las penas a las que pueden ser condenados son prisión de tres meses a un año o de multa de seis a veinticuatro meses, según el artículo 143 de la LOREG.
La ley establece un permiso retribuido de 4 horas para ir a votar, pero solo si la jornada laboral coincide «prácticamente en su totalidad» con el horario de los colegios electorales.
Agencias



