El Ayuntamiento de Colmenar Viejo ha aprobado las bases reguladoras de una nueva convocatoria de ayudas económicas por nacimiento o adopción de menores, dirigidas a progenitores o adoptantes empadronados en el municipio. Estas ayudas se concederán a quienes hayan tenido un hijo o adoptado a un menor entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
El concejal de Hacienda y Presupuesto Municipal, Alfredo Martín García, ha subrayado que esta iniciativa refuerza las políticas locales de apoyo a las familias. “El Ayuntamiento reafirma su compromiso con las políticas de apoyo a la natalidad con la puesta en marcha de esta nueva ayuda de hasta 300 euros por nacimiento o adopción. Se trata de una medida que consolida las políticas municipales de apoyo a las familias y refleja nuestra voluntad de seguir impulsando el desarrollo demográfico y social del municipio”, ha explicado el edil.
Asimismo, ha destacado el carácter accesible de la convocatoria y su compatibilidad con otras subvenciones públicas. “Con esta iniciativa damos un paso significativo en el desarrollo de políticas públicas orientadas a reforzar el bienestar de las familias. La ayuda está diseñada para facilitar los primeros gastos derivados de la llegada de un hijo y consolidar a Colmenar Viejo como un entorno atractivo para desarrollar un proyecto de vida familiar”, añadió.
Dotación presupuestaria y cuantía de las ayudas
La convocatoria cuenta con una dotación presupuestaria total de 145.000 euros, consignada en el presupuesto municipal de 2025. Las ayudas serán de pago único, con un importe máximo de 300 euros por beneficiario.
En el caso de que el importe total de las solicitudes admitidas supere la cuantía presupuestada, la ayuda se prorrateará entre todas las solicitudes que cumplan los requisitos, sin superar en ningún caso el máximo establecido.
Requisitos para ser beneficiario
Para poder acceder a estas ayudas, los solicitantes deberán cumplir, entre otros, los siguientes requisitos:
- Haber tenido un hijo o adoptado a un menor de edad entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
- Ser español o extranjero con residencia legal en España y estar empadronado en Colmenar Viejo.
- Todos los miembros de la unidad familiar deberán estar empadronados en el municipio durante al menos seis meses previos al inicio del plazo de solicitud.
- Al menos uno de los progenitores deberá residir en una vivienda de Colmenar Viejo, ya sea en propiedad, alquiler o en casa de un familiar de hasta segundo grado, acreditando la convivencia.
- Estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Colmenar Viejo.
- No podrán ser beneficiarios los progenitores privados total o parcialmente de la patria potestad ni aquellos cuya tutela haya sido asumida por una institución pública.
En casos de separación o divorcio, solo podrá solicitar la ayuda el progenitor que conviva con el menor, debiendo acreditarse dicha situación mediante resolución judicial o documento legal equivalente.
Plazo y forma de presentación de solicitudes
El plazo de solicitud estará abierto desde el viernes 9 de enero hasta el 5 de febrero, siendo admitidas únicamente las solicitudes presentadas dentro de ese periodo y conforme a lo establecido en las bases.
Las solicitudes podrán presentarse:
- De forma presencial, o
- Por vía electrónica, a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento, mediante el impreso normalizado disponible en la web municipal.
La convocatoria ha sido publicada este miércoles en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) y será difundida a través de la página web municipal y las redes sociales del Ayuntamiento de Colmenar Viejo, con el objetivo de garantizar su máxima difusión entre las familias del municipio.



