El Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón ha abierto el plazo para solicitar las ayudas económicas destinadas a los nacidos, adoptados o acogidos entre el 1 de enero y el 30 de abril de 2025. Las familias podrán presentar su solicitud hasta el 27 de junio, tanto de forma telemática como en las Oficinas de Atención al Ciudadano.
Nueva convocatoria en septiembre
El Consistorio ha anunciado que abrirá un nuevo periodo de solicitud del 1 al 15 de septiembre para los menores nacidos, adoptados o acogidos entre el 1 de mayo y el 31 de agosto de 2025, como parte de su política de apoyo a las familias y fomento de la natalidad en el municipio.
Incremento de las ayudas según el orden de nacimiento
Esta convocatoria también contempla importes adicionales en función del número de hijos en la familia.
- Si el menor es el segundo hijo, la ayuda se incrementa en 100 euros.
- Si se trata del tercer hijo o sucesivos, el incremento es de 200 euros, pudiendo alcanzar hasta un máximo de 2.700 euros por unidad familiar.
Ayuda adicional por discapacidad reconocida
Una de las novedades que se mantiene es la posibilidad de presentar documentación adicional en aquellos casos en los que, tras haberse concedido la ayuda en una convocatoria anterior, se haya reconocido una discapacidad al menor. En esos casos, las familias podrán recibir 500 euros adicionales.
Asimismo, se admitirán solicitudes correspondientes al periodo anterior siempre que los interesados no hubieran presentado la solicitud a tiempo o que esta hubiera sido inadmitida por extemporaneidad, siempre según lo establecido en las bases de la convocatoria.
Requisitos para acceder a las ayudas
Los requisitos que deben cumplir los solicitantes incluyen:
- Que al menos uno de los progenitores esté empadronado en Pozuelo con una antigüedad mínima de dos años.
- Ser propietario o titular del contrato de arrendamiento de la vivienda.
- Estar al corriente de pago con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social y el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón antes del cierre del plazo de presentación.
- Se contemplan supuestos de movilidad geográfica por motivos laborales, permitiendo que un progenitor esté empadronado en otro municipio si el traslado ha sido forzado por el trabajo.