A partir de este jueves 3 de abril, los bares y restaurantes deberán ofrecer a los clientes la posibilidad de llevarse las sobras de comida en envases adecuados. Además, los supermercados deberán vender productos considerados «feos» o estéticamente imperfectos. Estas son solo algunas de las medidas que entran en vigor con la publicación de la Ley de Prevención de Pérdidas y Desperdicio Alimentario, cuyo objetivo es reducir el desperdicio en el sector de la distribución alimentaria.
El plan de desperdicios se implementará en dos fases
Aunque la ley establece que la norma debía entrar en vigor en enero de 2025, un error de tramitación ha adelantado su aplicación. En su redacción inicial, la ley contemplaba su entrada en vigor para el 2 de enero de 2025, pero una enmienda en el Senado hizo que se modificara a la entrada en vigor inmediata tras la publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Este error será corregido, pero la ley comenzará a aplicarse mañana, con excepciones.
Los bares y restaurantes deberán ofrecer envases para que los consumidores puedan llevarse las sobras, sin coste adicional (salvo en el caso de los bufés o establecimientos con comida ilimitada). Estos envases deben ser reutilizables o fácilmente reciclables, y la posibilidad de llevarse la comida deberá estar claramente visible en el menú o carta del local.
Nuevas normativas para supermercados
Una de las medidas más innovadoras de la ley es la venta de productos «feos». Los supermercados tendrán que ofrecer productos que, aunque no sean visualmente perfectos, aún son aptos para el consumo humano. Esto no solo contribuirá a reducir el desperdicio, sino también a fomentar el consumo responsable entre los consumidores.
Además, se incentivará la venta de productos con fechas de caducidad próximas, en línea con la jerarquía de uso de alimentos: primero, la prevención del desperdicio, luego la donación de excedentes y, en última instancia, el reciclaje de residuos.
Planes obligatorios para establecimientos grandes
Los establecimientos de más de 1.300 m² tendrán un plazo de un año para implementar un plan de prevención de desperdicios alimentarios. Además, deberán firmar convenios con ONGs y otras entidades de iniciativa social para donar sus excedentes de alimentos. Esta medida tiene como objetivo garantizar que los alimentos no aptos para la venta lleguen a las personas en situación de vulnerabilidad.
Los supermercados y grandes comercios estarán obligados a seguir esta jerarquía para gestionar el desperdicio. Primero, se intentará evitar la pérdida de alimentos; luego, se buscará donar los productos a entidades sociales y, si esto no es posible, se utilizarán para la alimentación animal o se reciclarán en productos útiles como compost o biogás.
Exclusiones y sanciones
Se ha excluido de estas obligaciones a las microempresas (menos de 10 trabajadores) y las pequeñas explotaciones agrarias (menos de 50 trabajadores). Sin embargo, las empresas que no cumplan con estas normativas estarán sujetas a sanciones. Las infracciones leves podrán ser sancionadas con multas de hasta 2.000 euros, las graves con multas de hasta 60.000 euros, y las muy graves podrían alcanzar los 500.000 euros.