Los mercadillos de la ciudad de Madrid volverán a abrir a partir del próximo lunes, 25 de mayo, tal y como recoge el decreto aprobado hoy por la titular del Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid, Silvia Saavedra.
Se levanta así la suspensión de los mercadillos de los distritos adoptada en dos decretos anteriores, de 12 de marzo y de 25 de marzo. A partir de este momento, cada concejal de distrito dictará una resolución determinando las condiciones particulares de reapertura y funcionamiento de cada uno de los mercadillos de sus distritos en cumplimiento de las condiciones de seguridad e higiene determinadas por la autoridad competente.
Desde que el pasado sábado, 16 de mayo, el Gobierno central anunciara que la Comunidad de Madrid podía flexibilizar algunas de las restricciones de la fase 0, se contemplaba la posibilidad de la apertura de los mercadillos. Por ello, el Ayuntamiento, mediante el trabajo conjunto del Área Delegada de Coordinación Territorial, Transparencia y Participación Ciudadana y del Área de Economía, Innovación y Empleo, ha enviado a los distritos instrucciones comunes y precisas estableciendo cuáles son las condiciones que los mercadillos deben acatar para retomar su actividad.
El decreto de 20 de mayo lleva aparejada la adecuación de las medidas necesarias de seguridad e higiene por parte de los distritos a la situación específica de cada mercadillo. Así pues, sólo podrán instalarse el 25 % de los puestos (con preferencia de productos alimentarios y de primera necesidad), el aforo permitido no superará un tercio respecto del habitual y tendrá que estar rigurosamente controlado para evitar aglomeraciones.
Por otra parte, la señalización de entrada y salida, de distancias de seguridad e itinerarios únicos y la presencia de cartelería informativa de carácter general serán medidas imprescindibles, al igual que lo será que no exista manipulación directa de alimentos, que los puestos estén perfectamente higienizados y guarden una distancia mínima de dos metros de manera lateral y de seis metros cuando se encuentren enfrentados y que el vendedor manifieste de forma explícita la preferencia de pago con tarjeta frente al pago en efectivo.