TS rechaza el recurso de Madrid y OHL no tendrá que pagar 356 millones por la paralización del tren a Navalcarnero

Noticias 07/07/2020

MADRID, 7 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha confirmado la anulación de la orden de la Comunidad de Madrid que atribuyó la resolución del contrato para la extensión de la red de Cercanías de Móstoles a Navalcarnero al «incumplimiento culpable» de la adjudicataria por la paralización de las obras en 2010, al constatar que la causa de ello fue la apertura de la fase de liquidación del concurso mercantil de esta sociedad, algo conforme a derecho.

Dicha resolución recogía la obligación de iniciar un proceso de reclamación de daños y perjuicios contra la concesionaria, Cemonasa, por daños y perjuicios cuantificados en 356 millones de euros y que también se extendía contra OHL, pues participaba en dicha sociedad.

Ahora, la sala de lo Contencioso Administrativo del Alto Tribunal que inadmite el recurso de casación del Ejecutivo autonómico a la sentencia que revocaba esta orden emitida en 2019 por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), según ha adelantado ‘El Economista’ y han confirmado a Europa Press fuentes jurídicas.

Además, fuentes conocedoras del proceso han explicado a Europa Press que esta resolución se refiere al caso de petición de reclamación económica a exime a la empresa de cualquier tipo de responsabilidad hacia OHL en relación con Cemonasa.

En este caso, el Supremo al igual que el TSJM postula que la causa de resolución del contrato de concesión de Cemonasa fue la apertura de la fase de liquidación del concurso mercantil de ésta y no por causa culpable imputable a la misma.

Fue en marzo de 2017 cuando la juez de lo mercantil que llevaba el concurso de acreedores de Cemonasa aprobó en un auto la entrada en fase de liquidación de la sociedad.

El Supremo mantiene como doctrina «reiterada» que el inicio de la fase de liquidación concursal implica la resolución automática del contrato de concesión. En la sentencia del año pasado, el TSJM decretó en la sentencia ya confirmada que «no puede quedar a merced de la administración la potestad de resolver el contrato una vez esta es obligatoria, por el propio auto de liquidación del concurso».

Ya con la entrada de la adjudicataria en fase de liquidación, la Comunidad dictó resolución administrativa por la que resolvía dicho contrato culpable por responsabilidad de Cemonasa.

En dicho dictamen recogía la obligación de indemnizar a la Administración los daños y perjuicios ocasionados en lo que excedan del importe de la garantía incautada, procediendo que se debía instruir conforme al artículo 113 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Publicas».

Posteriormente derivó en la apertura de un expediente para la reclamación económica por daños y perjuicios a la empresa concesionaria y que también se dirigió a OHL, lo que generó un procedimiento judicial que ha llegado hasta el Supremo.

Ahora, según fuentes conocedoras del proceso, queda por resolver otro recurso de la Comunidad sobre la anulación de la orden y la reclamación de compensación económica a Cemonasa, que a su vez exige al Ejecutivo regional cerca de 300 millones de euros por las inversiones que realizó en el proyecto, dado que se acometieron actuaciones en 12 de los 15 kilómetros de la prolongación de esta línea.

Por su parte, fuentes de la Consejería de Transportes han explicado a Europa Press que el Supremo comunicó a la Abogacía de la Comunidad de Madrid la inadmisión del recurso contra el fallo del TSJM que anuló la orden de resolución del contrato por incumplimiento culpable de la empresa.

Ante ello, han recordado que Comunidad de Madrid «respeta y acata las decisiones de los tribunales» y que, en todo caso, el TSJM no se pronunció sobre los incumplimientos de la empresa concesionaria sino que declaró que el contrato se había resuelto anteriormente con la entrada en liquidación y fase de disolución de la empresa, que solicitó concurso de acreedores.

«La Comunidad de Madrid va a seguir tomando las decisiones que considere necesarias en defensa de los intereses y del patrimonio de todos los madrileños», han detallado desde la Consejería

En el caso del proyecto del tren a Navalcarnero, apuntan a que los tribunales «todavía tienen que decidir sobre la reclamación por daños y perjuicios planteada contra la empresa concesionaria por 355,9 millones de euros».

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