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ayudas a autónomos

Collado Villaba abre el plazo para la solicitud de ayudas a autónomos, comerciantes y Pymes

Hasta el 31 de julio autónomos, comerciantes y Pymes pueden solicitar las ayudas puestas en marcha por el Ayuntamiento de Collado Villalba, desde el Área de Desarrollo Local, consistentes en el pago del importe correspondiente a dos cuotas de seguridad social o régimen alternativo que se venga pagando por este concepto, con un máximo de 800 euros.

La alcaldesa de Collado Villalba, Mariola Vargas, ha recordado que “el presupuesto destinado a este fin asciende a 1.200.000 €, y forma parte de un conjunto de medidas municipales destinadas a incentivar el motor de la economía local, que está sustentado en el sector servicios: comercio y hostelería, autónomos y pequeñas y medianas empresas, y que son las que crean empleo y riqueza en nuestra localidad”.

Las solicitudes para acceder a estas ayudas deberán efectuarse mediante la sede electrónica del Ayuntamiento de Collado Villalba, a través de un formulario web, que se encuentra en el apartado de ‘Ayudas a autónomos’.

Documentación necesaria

Los documentos que deberá aportar a través de dicho formulario web, en archivos en formato pdf, son:

– Fotocopia DNI o NIE (caso extranjero).

– Si es socio de empresa, Fotocopia CIF de la Empresa y Fotocopia de Escritura de Constitución de la Empresa.

– Justificantes o recibos bancarios de las cuotas de Seguridad Social pagadas de enero y febrero de 2020 en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos o Régimen Alternativo.

– Alta en el censo de la Agencia Tributaria (Modelo 036 ó 037 de alta).

– Alta en la Tesorería General de la Seguridad Social en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomo (Vida laboral) o certificado de alta en la Mutualidad correspondiente.

– Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias de la Agencia Tributaria o certificado de tener autorizado aplazamiento o fraccionamiento.

– Certificado de estar al corriente de los pagos de la seguridad social o certificado de tener autorizado aplazamiento o fraccionamiento.

Si la Ayuda se pide para LINEA 2 por Reducción 15% Ingresos: Fotocopia de modelos 303 de IVA o modelo 130 de IRPF del Primer Trimestre de 2020 o en el Segundo Trimestre de 2020 deberá aportar las declaraciones de IVA o IRPF (modelo 303 ó 130), y de cualquiera de los trimestres Tercero y Cuarto del 2019, ya que se aplicará la condición más beneficiosa.

Si la solicitud es presentada por un representante del beneficiario deberá hacerlo constar en el formulario web y deberá aportar dicha representación a través del modelo que podrá descargarse en el mismo formulario de solicitud, en la sede electrónica.

En todo caso, los requisitos para ser beneficiario y documentación que debe aportar podrá encontrarla en el apartado mencionado de la sede electrónica.

 

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