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nueva ley de tráfico

Estos son los cambios que entran con la nueva Ley de Tráfico

La Escuela de Seguridad Laboral Vial del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo recuerda que el día 21 de marzo entró en vigor la reforma de la Ley de Tráfico y Seguridad Vial.

Así, a partir de ahora, los conductores de turismos y motocicletas, en carreteras convencionales, no podrán superar en 20 km/h la velocidad máxima permitida para adelantar a otros vehículos, una medida que busca minimizar el riesgo que ocasionan los adelantamientos y así reducir la siniestralidad en carretera convencional.

Cambios en seguridad y conducción

Otra de las principales novedades que aporta esta reforma de la Ley de Tráfico se basa en el aumento del uso de la bicicleta para los desplazamientos. Ahora, los vehículos que necesiten adelantar a una bicicleta o a un ciclomotor, tendrán que hacerlo ocupando completamente el carril contiguo si la vía tiene 2 o más carriles por sentido. Y si la vía solo tiene un carril, mantener la separación mínima de 1,5 metros. En caso de no hacerlo, conllevará la pérdida de 6 puntos.

Siguiendo con los cambios que entrarán en vigor, ahora, no usar el cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil y demás elementos de protección o no hacerlo de forma adecuada, se penalizará con 4 puntos.

Asimismo, conducir sujetando con la mano dispositivos de telefonía móvil se penalizará 6 puntos. Esta misma penalización se llevará a cabo al arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que puedan producir incendios o accidentes.

Normas y señales

Por otro lado, entra en marcha la obligación de respetar las restricciones de circulación que responden a los protocolos activos ante episodios de contaminación y de Zonas de Baja Emisión (ZBE).

Además, queda prohibido parar o estacionar tu vehículo en el carril bici o en vías ciclistas. La bicicleta es un medio más de transporte, cada vez más numeroso, y tenemos que aprender a convivir con él y aprender a proteger a este colectivo más vulnerable.

Por otro lado, llevar inhibidores de radares o cinemómetros en los vehículos estará prohibido, estén conectados o no. Son sistemas que interfieren en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia de tráfico por lo que no se permite llevarlos. Hacerlo supondrá la pérdida de 3 puntos.

Finalmente, ahora ya no será necesario llevar físicamente el permiso de conducir. Gracias a la App miDGT, se podrá acreditar que se tiene autorización para conducir.

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